La Auditoría de Prevención pueden realizarla las personas físicas o jurídicas que cuenten con la correspondiente Autorización concedida por la Autoridad Laboral competente, disponiendo de personal con la formación adecuada que les capacite para cada una de las especialidades preventivas.
Dicha Autorización deberá permitirles llevar a cabo la Auditoría, al menos, en la Comunidad Autónoma en la que se ubique la empresa o el centro de trabajo.

