Auditoría de carácter voluntario, con un desarrollo similar a la Auditoría Legal es concebida como una oportunidad de evaluación continua por parte de la empresa al someterse periódicamente, durante el periodo transcurrido entre Auditorías Legales (2 o 4 años), a un proceso de Auditoría encaminado a la evaluación del sistema y la detección de puntos débiles del mismo.
Dichas Auditorías colocan a la empresa en una situación favorable para garantizar el principio de mejora continua así como en una disposición óptima de cara a afrontar la Auditoría Legal.
En ningún caso, tanto el proceso de Auditoría de Seguimiento como el Informe resultante de dicho proceso podrán ser considerados como la propia Auditoría Legal y su correspondiente informe en los términos recogidos en el art. 29 y art.31 del R.D. 39/97 Reglamento de los Servicios de Prevención respectivamente.
